El cálculo de las indemnizaciones por secuelas o pérdida de una parte del cuerpo está establecido por ley. En el caso español, una mano vale lo mismo que el órgano sexual masculino
¿Es normal que se acorte el pene al intentar corregir su curvatura? Urólogos responden tras la polémica en Murcia
Aunque parezca chocante, nuestro cuerpo tiene un precio y, según la legislación española, un pene vale lo mismo que una mano. Así lo establece la Ley 35/2015, que reforma el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, en la que se basan abogados y peritos médicos para calcular las indemnizaciones. Recientemente se conocía el caso de un paciente que demandó al Servicio Murciano de Salud por la pérdida de 6 centímetros de su aparato genital tras una operación. El afectado reclamaba 67.000 euros: ¿es mucho o se ha quedado corto?
En el cómputo final intervienen muchos aspectos como la edad del lesionado, los daños psicológicos que le pueda provocar, el número de operaciones o incluso los días que ha estado de baja u hospitalizado, por lo que cada indemnización será única dependiendo de las condiciones del afectado.
Para cuantificarlo echamos mano de un caso práctico basado en el caso murciano antes mencionado. Pongamos que estamos hablando de un paciente de 35 años al que tras una operación para corregir la curvatura de su pene se le acorta 6 centímetros. Esto, según Helena Basart, médico del trabajo, perito médico y miembro de Top Doctors, se podría calificar como una desestructuración del pene, que equivale en la tabla establecida en la legislación a entre 30 y 40 puntos. La perito lo valora en un punto medio: 35.
No obstante, hay que tener en cuenta también los daños morales que esta amputación le supone al paciente. «En casos como este, la aparición de un trastorno depresivo moderado es comprensible por que el tamaño tras la operación no le permitiría mantener relaciones sexuales. También siente dolor al tener el miembro erecto, según el propio relato del paciente, y además esto le ha ocurrido a una edad sexualmente activa», explica la especialista. La perito lo definiría como un 'trastorno depresivo mayor crónico' de nivel moderado, lo que equivaldría en la tabla a entre 11 y 15 puntos. En este caso tiramos también hacia el centro y anotamos 13.
Con la puntuación total (48) el abogado se encargaría de consultar en la tabla a qué cantidad económica equivale. En el caso de este ejemplo práctico, por tener 35 años, daría lugar a una indemnización de 106.887,02 euros, según la última actualización del baremo económico de 2022. A mayor edad la cantidad disminuye y cuanto más joven sea el afectado, más compensación recibirá.
No obstante, fuera de esta tabla hay otros factores a tener en cuenta para la suma total como los días de baja o ingreso del paciente, el perjuicio moral, el número de operaciones o la asistencia sanitaria que será necesaria en un futuro.
En este caso práctico se establecen 15 días de baja (493 €), una operación (cuyo valor sería de entre 438,80 € y 1.755,21 €) y un perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas de carácter moderado (entre 10.970,10 € y 54.850,51 €).
Con todo, el paciente en cuestión podría pedir entre 118.000 y 163.000 euros de indemnización basándonos en este ejemplo práctico. Además, la ley establece una indemnización máxima anual de asistencia sanitaria futura según la secuela, que en el término desestructuración del pene asciende a 4.000 euros.
Un cálculo orientativo: «Quien decide es el juez»
Con el informe pericial como prueba, es la parte demandante la que ha de acreditar ante el juez en qué se basa para pedir la indemnización. Aun así, «lo que diga un perito no va a misa, quien decide es el juez», aclara Juan Tenorio, abogado de Legálitas experto en derecho administrativo.
«Si me encuentro un caso como este le propondría al cliente acudir a un perito médico para que examine y vea si hay posibilidades de éxito o no porque no solo se valora el daño, tiene que haber un nexo de causalidad. A lo mejor lo que sucede es que había que hacerlo porque las consecuencias eran peores y con la operación se ha evitado un mal mayor», señala Tenorio.
En este sentido, el abogado recuerda que el acortamiento del pene es «un riesgo jurídicamente asumido» que además suele encontrarse en el consentimiento informado y lo que habría que estimar es si la cantidad (en este caso 6 centímetros) es mucho o poco. «Ahí es donde entra su señoría», indica.
Los riesgos de este tipo de indemnizaciones
Asimismo, se valorará también cómo ha sido el proceso, si se han seguido los protocolos o se ha cometido algún error en el diagnóstico o retraso por parte de la administración que haya provocado la merma del paciente. «Según las circunstancias el daño puede ser inexcusable o necesario para la curación», apunta Tenorio.
El abogado destaca en este sentido la importancia de la 'lex artis', la forma en que el profesional sanitario reacciona ante las complicaciones que pueden surgir en una intervención. «Se puede dar un caso en el que le hayan dicho al paciente que va a haber una reducción de pene, pero no se sabe la cantidad hasta que no le abran. Si se indemnizara en estos supuestos se pondría en peligro la intervención quirúrgica», advierte el letrado.
FUENTE: ABC SOCIEDAD
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